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Planilla de remuneraciones: la planilla electrónica (T-Registro y PLAME) explicada
La planilla de remuneraciones es la prueba oficial de que una persona trabaja en tu empresa y de cuánto se le paga. Hoy es electrónica y se presenta a SUNAT, que comparte la información con el Ministerio de Trabajo, EsSalud y la ONP.
¿Qué es?
Es el registro formal de los trabajadores de una empresa y de los pagos que reciben, con los tributos y aportes que generan. Antes se llevaba en libros de planillas autorizados; desde 2007 existe la planilla electrónica.
¿Qué partes tiene?
| Parte | Qué registra | Cuándo |
|---|---|---|
| T-Registro | Altas, bajas y datos de trabajadores, pensionistas, practicantes y personal de terceros | Alta el mismo día del ingreso; baja dentro del día hábil siguiente al cese |
| PLAME | Remuneraciones, descuentos, aportes y días trabajados del mes | Mensual, según el cronograma de SUNAT |
¿Quiénes deben llevarla?
Todo empleador que tenga al menos un trabajador, incluidas las MYPE. También se declaran los prestadores de servicios de cuarta categoría a quienes se les retuvo renta, los practicantes y el personal con SCTR.
¿Qué pasa si no registro a un trabajador?
- Es una infracción grave: SUNAFIL multa por cada trabajador no registrado.
- Se deben pagar los aportes de EsSalud y pensiones omitidos, con intereses.
- El trabajador no tiene seguro de salud: si sufre un accidente, la empresa puede responder por los gastos.
- El trabajador puede demandar el reconocimiento del vínculo y todos los beneficios.
¿Cuánto tiempo conservarla?
Las constancias de presentación de la PLAME y la información de sustento deben conservarse al menos cinco años, el plazo de prescripción de muchas obligaciones. Guárdalas en el expediente de la empresa junto con las boletas.
Ver planilla de pago para el cálculo mensual.
Preguntas frecuentes
¿Puedo registrar a un trabajador después de su primer día?
El alta debe hacerse el mismo día del ingreso; hacerlo tarde es una infracción.
¿Los practicantes van en planilla?
Se registran en el T-Registro como personal en formación, aunque no son trabajadores.
¿Quién puede presentar la PLAME?
El empleador con su Clave SOL o su contador autorizado.
