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Indemnización por despido arbitrario: cuándo corresponde, cuánto es y qué alternativas hay
Cuando una empresa despide sin una causa justa o sin seguir el procedimiento, el trabajador tiene derecho a una indemnización. Saber cuándo corresponde y cuánto es protege a ambas partes de errores costosos.
¿Qué es un despido arbitrario?
Es el despido que se hace sin expresar una causa, o con una causa que no se puede probar en juicio. La ley peruana (D. S. 003-97-TR, art. 34) compensa ese despido con una indemnización como única reparación, salvo los casos en que procede la reposición. Ver despido arbitrario.
¿Cuánto es la indemnización?
| Contrato | Indemnización | Tope |
|---|---|---|
| Indefinido, régimen general | 1.5 remuneraciones por año completo; fracciones por dozavos y treintavos | 12 remuneraciones |
| Plazo fijo | 1.5 remuneraciones por cada mes que faltaba del contrato | 12 remuneraciones |
| Pequeña empresa | 20 remuneraciones diarias por año | 120 remuneraciones diarias |
| Microempresa | 10 remuneraciones diarias por año | 90 remuneraciones diarias |
Ejemplo: sueldo S/ 2,500 y 3 años completos en el régimen general → 1.5 × 2,500 × 3 = S/ 11,250. Para un caso con meses y días, ver cálculo de liquidación.
¿Qué otros tipos de despido hay?
- Nulo: por motivos prohibidos (discriminación, embarazo, afiliación sindical, queja contra el empleador). Procede la reposición.
- Incausado: sin expresar ninguna causa; según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, puede dar lugar a reposición.
- Fraudulento: con causa inventada o forzando una renuncia; también puede llevar a reposición.
El trabajador puede elegir entre reclamar la reposición (en los casos en que procede) o cobrar la indemnización. Cobrarla suele implicar que acepta el despido.
¿Qué plazo hay para reclamar?
La acción para impugnar el despido caduca a los 30 días hábiles de producido. Pasado ese plazo, no se puede reclamar. Por eso conviene buscar asesoría de inmediato.
¿Paga impuestos y cuándo se paga?
- La indemnización legal está inafecta al impuesto a la renta y no lleva aportes.
- Si la empresa reconoce el despido arbitrario, la paga junto con los beneficios sociales, dentro de las 48 horas del cese.
- Un monto mayor al legal, pactado como incentivo, puede tener otro tratamiento tributario.
Preguntas frecuentes
¿Me corresponde indemnización si me despiden en el periodo de prueba?
No: durante el periodo de prueba no hay protección contra el despido arbitrario.
¿Y si trabajo a tiempo parcial?
Los trabajadores a tiempo parcial (menos de 4 horas diarias) no tienen derecho a esta indemnización.
¿Qué remuneración se usa para calcularla?
La remuneración computable para la CTS vigente al momento del despido.
