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Impuestos y SUNAT28 de octubre, 20263 minutos

Recibo por honorarios: ¿cuándo te retienen el 8 % y cómo pedir la suspensión en 2026?

Diseñadores, técnicos, contadores, profesores particulares: miles de personas cobran sus servicios con recibo por honorarios. Es un comprobante sencillo, pero viene con dudas recurrentes: por qué a veces te pagan 8 % menos, cómo evitarlo legalmente y qué riesgo corre una empresa que "contrata por recibo" a alguien que en realidad trabaja como empleado.

¿Qué es el recibo por honorarios?

Es el comprobante que emiten los trabajadores independientes por servicios prestados sin relación de dependencia. Sus ingresos son rentas de cuarta categoría. Se emite gratis en la web o app de SUNAT con la clave SOL y no lleva IGV.

¿Cuándo te retienen el 8 %?

Si quien te paga es una empresa o un agente de retención y el recibo es por más de S/ 1,500, debe retenerte el 8 % como adelanto de tu impuesto a la renta y pagarlo a SUNAT. Recibes el 92 % restante.

ReciboRetenciónRecibes
S/ 1,500S/ 0S/ 1,500
S/ 2,000S/ 160S/ 1,840
S/ 2,000 con suspensión vigenteS/ 0S/ 2,000

Ese 8 % no se pierde: se descuenta del impuesto anual y, si retuvieron de más, SUNAT lo devuelve.

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¿Cómo pedir la suspensión de retenciones?

Si proyectas que en el año no superarás el límite, puedes pedir que no te retengan. Los límites de 2026 son:

Tipo de ingresoIngreso anual máximo proyectado (2026)
Ejercicio de profesión, arte u oficioS/ 48,125
Directores, síndicos, mandatarios y similaresS/ 38,500
  1. Entra a SUNAT Operaciones en Línea con tu clave SOL.
  2. Busca la opción de solicitud de suspensión de retenciones de cuarta categoría (formulario virtual 1609).
  3. Declara tus ingresos proyectados del año. La evaluación es automática.
  4. Entrega la constancia a quienes te pagan. Vale hasta el 31 de diciembre del mismo año.

¿Qué impuesto pagas al final del año?

A tus ingresos de cuarta categoría se les resta un 20 % (con un tope de 24 UIT) y luego las 7 UIT de deducción, que se comparten con las rentas de quinta. Sobre el resultado se aplican las tasas progresivas del impuesto a la renta. Las retenciones del 8 % se descuentan de ese impuesto.

Consejo: pide boleta electrónica con tu DNI en restaurantes, alquiler y consultas médicas; puedes deducir hasta 3 UIT adicionales (ver boleta de venta).

¿Qué riesgo corre la empresa que "contrata por recibo"?

Si la persona cumple horario, recibe órdenes, usa herramientas de la empresa y trabaja de forma permanente, en realidad hay una relación laboral, aunque cobre con recibo. En una inspección, SUNAFIL puede considerarla trabajador en planilla y exigir CTS, gratificaciones, vacaciones y aportes de todo el periodo, además de multas.

  • Recibo correcto: un técnico que instala un sistema por encargo y entrega el trabajo terminado.
  • Recibo riesgoso: un vendedor que va todos los días a la tienda de 9 a 6 y tiene jefe.
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Preguntas frecuentes

¿Una persona natural sin negocio me retiene el 8 %?

No. Solo retienen las empresas y quienes la ley designa como agentes de retención.

¿Puedo anular un recibo por honorarios?

Sí, desde la misma opción de SUNAT, mientras no haya sido pagado ni usado; si ya se pagó, corresponde una nota de crédito.

¿Tengo que declarar todos los meses?

Si superas ciertos montos mensuales debes hacer pagos a cuenta; si no, lo usual es regularizar en la declaración anual. Verifica tu caso en SUNAT.

Etiquetas: GlosarioImpuestos y SUNAT

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